Qué es el informe de los 90 días

Si vives en Tailandia con un visado de larga estancia (jubilación, DTV, trabajo…), tienes que hacer el informe de los 90 días (formulario TM47): comunicar tu dirección a inmigración cada 90 días de estancia continuada. No es un visado ni una renovación de estancia; es, literalmente, decirle al Estado “sigo viviendo aquí, en esta dirección”.

Asusta al principio porque suena a burocracia opaca, pero en cuanto lo haces una vez se convierte en rutina. Esta guía te explica a quién le aplica, las cuatro formas de presentarlo, los documentos exactos, las multas reales (que no son las que mucha gente cree) y los errores que conviene evitar.

💡 El contador se reinicia cada vez que sales y vuelves a entrar al país. Si viajas al extranjero a menudo, puede que casi nunca te toque hacerlo. Lo desarrollamos más abajo.

A quién le aplica (y a quién no)

El informe de 90 días es para extranjeros que permanecen en Tailandia de forma continuada con un visado o una prórroga de estancia de larga duración: jubilación, trabajo, DTV, matrimonio, estudios, etc.

No tienen que hacerlo:

  • Los turistas y quienes están de paso (su estancia es demasiado corta para llegar a los 90 días continuados de forma habitual).
  • Quien sale y entra del país antes de cumplir 90 días seguidos, porque el contador se reinicia (más detalle enseguida).

En otras palabras: el informe es la contrapartida de quedarse quieto mucho tiempo en el país. El Estado quiere saber dónde encontrarte.

El concepto clave: 90 días de estancia continuada

Esto es lo que más confunde, así que vale la pena fijarlo bien. El informe no mide “90 días desde que tienes el visado”, sino 90 días desde tu última entrada al país.

Cada vez que sales de Tailandia y vuelves a entrar, el sello de entrada nuevo reinicia el contador y tu próxima fecha de informe pasa a ser 90 días después de esa nueva entrada. Consecuencias prácticas:

  • Si viajas fuera con frecuencia, puede que nunca llegues a tener que reportar.
  • Si te quedas dentro del país sin salir, te tocará cada trimestre.

Un aviso importante: para que salir y volver no te cancele el visado de larga estancia necesitas un permiso de reentrada (re-entry permit). Lo explicamos en la guía de overstay y re-entry permit. Sin él, salir del país anula tu prórroga de estancia, y eso es un problema mucho mayor que un informe de 90 días.

La ventana de tiempo

Tienes un margen claro: puedes presentar el informe desde 15 días antes hasta 7 días después de la fecha límite. Apunta esa fecha en cuanto te la den, porque te la entregan en un resguardo cada vez que reportas.

Mi consejo: no lo dejes para el último día. Hazlo en cuanto se abra la ventana (15 días antes), sobre todo si vas a usar el sistema online, que es propenso a fallar y a veces obliga a recurrir a otra vía a última hora.

Importante: el primer informe suele ser presencial

Un detalle que pilla a mucha gente: por lo general, el primer informe de 90 días hay que hacerlo presencial en tu oficina de inmigración. Una vez que ese primero queda registrado en el sistema, ya puedes usar el online, el correo o una agencia para los siguientes. Algunos casos y oficinas varían, pero da por hecho que tu estreno será en ventanilla.

Las cuatro formas de hacerlo

1. Online (portal o app)

La vía más cómoda… cuando funciona. Se hace en el portal oficial de inmigración (el sistema TM47 online): creas una cuenta, inicias un nuevo informe, metes los datos del pasaporte exactamente como aparecen y rellenas tu dirección completa (provincia, distrito, subdistrito).

Sus pegas son conocidas: errores frecuentes, el temido estado “pending” que no avanza, y rechazos por datos que no cuadran al milímetro con tu pasaporte. Por eso:

  • Inténtalo varios días antes del límite.
  • Si se queda en “pending”, revisa a los días; si no se resuelve dentro de la ventana, ve presencial.
  • Guarda captura y comprobante de la presentación.

2. La app de inmigración

Existe una versión móvil del mismo sistema, y la nueva app de inmigración THIM busca precisamente digitalizar y simplificar este tipo de trámites. Funciona igual que el portal web y comparte sus virtudes y defectos.

3. Presencial

La opción infalible. Vas a tu oficina de inmigración con el formulario TM47 y las copias del pasaporte, esperas tu turno y te sellan el resguardo con la próxima fecha. Es lo que más tiempo consume (las oficinas pueden tener colas), pero nunca falla. Para sacarle partido a una visita a inmigración, repasa la guía de trámites presenciales en inmigración.

4. Por correo o por agencia

  • Por correo certificado: se envía el TM47 con las copias y un sobre franqueado de vuelta para que te devuelvan el resguardo. Hay que mandarlo con margen (en torno a 15 días antes), porque cuenta la fecha de recepción.
  • Por agencia: una agencia lo tramita por ti por una tarifa (del orden de 500-1.000 THB). Útil si estás fuera de la ciudad o no quieres lidiar con el sistema. Eso sí, elige bien: en la guía de agentes de visados explicamos cómo distinguir a los serios.

Los documentos que necesitas

Para el informe presencial (y, en copia digital, para el online), ten a mano:

  • El formulario TM47 cumplimentado.
  • Copia de la hoja de datos del pasaporte (la de la foto).
  • Copia del visado / prórroga de estancia vigente.
  • Copia del último sello de entrada a Tailandia.
  • Copia de la tarjeta de entrada (TM6, o el registro digital TDAC que la ha sustituido en muchos puntos).
  • El resguardo del informe anterior (a partir del segundo).

Lleva siempre una copia de más: es la regla no escrita de cualquier trámite en inmigración tailandesa.

Las multas (no son lo que mucha gente cree)

Aquí conviene afinar, porque circula mucha confusión:

  • Si se te pasa la fecha pero acudes tú por tu cuenta a regularizarlo, la multa habitual es de 2.000 THB (~52 €).
  • Si no reportas y te paran en un control o una inspección detecta el incumplimiento, la sanción puede subir hasta 5.000 THB más 200 THB por día.

La diferencia es importante: no es lo mismo presentarte tú con retraso que dejar que te pillen. En cualquier caso, no lo conviertas en costumbre: los retrasos reiterados quedan registrados y pueden ponerte las cosas difíciles en una renovación de visado.

El resguardo: guárdalo como oro

Cada vez que reportas, recibes un resguardo (físico o digital) con la fecha del próximo informe. Ese papel:

  • Te dice cuándo te toca la próxima vez.
  • Te lo pueden pedir en inmigración, en una renovación o incluso en un control.

Guárdalo (y hazle una foto). Perder el resguardo no es el fin del mundo, pero te ahorra explicaciones tenerlo a mano.

Paso a paso del informe online

Cuando ya tienes el primer informe hecho presencial y el sistema te reconoce, el online sigue más o menos estos pasos:

  1. Entra en el portal oficial de inmigración (el sistema TM47 online) y crea una cuenta o inicia sesión con la que ya tengas.
  2. Inicia un nuevo informe de 90 días.
  3. Introduce los datos del pasaporte exactamente como figuran: nombre, apellidos, número de pasaporte y nacionalidad. El error más típico es invertir nombre y apellidos o teclear mal un dígito.
  4. Rellena los datos de tu última entrada: fecha del último sello de entrada, número de la tarjeta de entrada (TM6/TDAC) y tipo de visado.
  5. Mete tu dirección completa en Tailandia: número, calle, subdistrito (tambon), distrito (amphoe), provincia y código postal. Debe coincidir con la dirección registrada en tu TM30.
  6. Envía y guarda el comprobante. El estado puede aparecer como “pending” y tardar unos días en pasar a aprobado; cuando lo esté, descarga e imprime el resguardo con la próxima fecha.

💡 Solo podrás completarlo si estás dentro de la ventana (15 días antes a 7 días después). Fuera de ese margen, el sistema no te dejará y tendrás que ir presencial.

Si el sistema online te rechaza

Es lo más frustrante del trámite. Las causas más habituales de rechazo o de “pending” eterno y cómo atajarlas:

  • Datos que no cuadran al milímetro con el pasaporte o con tu registro: revisa nombre, apellidos y número carácter a carácter.
  • El TM30 no está al día: si tu domicilio no consta registrado, el sistema puede rechazarte. Asegúrate de tener el TM30 hecho.
  • Problemas de navegador: prueba a borrar la caché o a usar otro navegador; el sistema es quisquilloso.
  • “Pending” que no avanza: dale un par de días y vuelve a comprobar; si dentro de la ventana sigue sin aprobarse, ve presencial para no pasarte de fecha.

Regla de oro: ante la duda, presencial dentro de plazo. Nunca dejes que un fallo del sistema te empuje a un retraso.

Casos frecuentes de la vida real

  • “Me he mudado de dirección.” Tendrás que actualizar tu domicilio (TM30 nuevo) y el informe reflejará la dirección actual. Cambiar de provincia puede implicar reportar en otra oficina de inmigración.
  • “¿Puede ir otra persona por mí?” Sí: con una carta de autorización y copias firmadas de tu pasaporte, un tercero o una agencia puede presentarlo. Es habitual.
  • “Estoy enfermo o de viaje el día límite.” Para eso existe la ventana y el margen de 7 días posteriores; y si aun así se complica, la multa por retraso voluntario es asumible. No te juegues un overstay por un informe.
  • “He perdido el resguardo.” No es grave: en inmigración pueden consultar tu historial. Pero hazte siempre una foto del resguardo para evitarte el trámite.

Errores y dudas frecuentes

  • Confundirlo con el TM30. Son cosas distintas: el TM30 es el registro del domicilio que hace el propietario o el hotel cuando llegas; el informe de 90 días lo haces tú cada trimestre. A veces inmigración exige el TM30 al día para aceptarte el informe, así que ten los dos en regla.
  • Confundirlo con el overstay. El contador del informe es independiente de tu fecha límite de estancia. Esa otra fecha es la que, si se te pasa, se convierte en overstay, y eso sí es serio.
  • Creer que es una renovación. No lo es: reportar tus 90 días no prorroga tu estancia ni un día.
  • Dejarlo para el último momento confiando en el online. Si falla, te puedes quedar sin margen.

Cómo encaja con el resto de trámites

El informe de 90 días es una pieza más del calendario de obligaciones de quien vive en Tailandia con visado de larga estancia. Conviene verlo junto al resto:

Tenerlos todos mapeados evita sustos. Para una visión de conjunto, está la guía general de trámites de inmigración y la herramienta de trámites de inmigración de la web, que los ordena por fechas.

Trucos prácticos

  • Hazlo en cuanto se abra la ventana (15 días antes), no el último día.
  • Foto a todo: resguardo, comprobante online, documentos.
  • Si el online falla, no te obsesiones: presencial dentro de plazo o agencia.
  • Una copia de más de cada documento, siempre.
  • Si viajas pronto, recuerda que al volver se reinicia el contador: quizá no necesites reportar.

El informe de 90 días impone respeto la primera vez y luego es pura rutina. Lo único realmente molesto es el sistema online; el resto, sencillo. Si tienes dudas sobre tu situación concreta de visado, la evaluación personalizada y la sección de preguntas frecuentes te ayudan a ubicarte.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el informe de los 90 días en Tailandia?

Es una notificación obligatoria (formulario TM47) en la que todo extranjero con visado de larga estancia comunica su dirección a inmigración cada 90 días de estancia continuada en el país. No es un visado ni una renovación: es solo informar de dónde vives. Los turistas no tienen que hacerlo.

¿Cuál es la multa por no hacer el informe de los 90 días?

Si lo presentas con retraso por tu cuenta (acudiendo a inmigración dentro de los días siguientes), la multa típica es de 2.000 THB. Pero si te paran en un control o una inspección detecta que llevas tiempo sin reportar, puede subir hasta 5.000 THB más 200 THB por día. No es catastrófico puntualmente, pero los retrasos repetidos pueden complicar futuras renovaciones.

¿Puedo hacer el informe de los 90 días online?

Sí, a través del portal oficial o la app, dentro de una ventana de 15 días antes a 7 días después de la fecha. Hay un matiz importante: el primer informe suele exigirse presencial, y a partir de ahí ya puedes usar el online. El sistema web falla a menudo, así que inténtalo con varios días de margen y ten preparado un plan B presencial.

¿El informe de 90 días se reinicia si salgo del país?

Sí. El contador mide 90 días de estancia continuada, de modo que cada vez que sales de Tailandia y vuelves a entrar, vuelve a empezar de cero desde la nueva fecha de entrada. Si viajas al extranjero con frecuencia, es posible que casi nunca te toque hacerlo. Eso sí: para que salir y volver no te cancele el visado, necesitas un permiso de reentrada.

¿Es lo mismo el informe de 90 días que el TM30?

No, y se confunden constantemente. El TM30 es la notificación del domicilio que hace el propietario o el hotel cuando llegas a un alojamiento; el informe de 90 días lo haces tú cada trimestre sobre tu residencia. A veces inmigración pide un TM30 al día para aceptarte el informe de 90 días, por eso conviene tener los dos en regla.

Recibe las novedades para vivir en Tailandia

Cambios de visados, novedades fiscales y guías nuevas, directo a tu email. Sin spam.

Sin spam. Cancela cuando quieras. ¿Prefieres RSS? Suscríbete al feed.