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Impuesto de Patrimonio y de Solidaridad desde Tailandia: qué pagas por tus bienes en España

Fiscalidad · Revisado:

El impuesto de patrimonio para no residentes te sigue alcanzando desde Tailandia, pero solo por tus bienes situados en España y con un mínimo exento de 700.000 € que deja fuera a la mayoría. Aquí tienes qué cuenta, cuánto se paga y las devoluciones que casi nadie conoce.

⚠ Esto es información general, no asesoramiento fiscal. El Impuesto de Patrimonio y el de Solidaridad dependen de tu patrimonio concreto, de dónde están tus bienes y de opciones que se ejercitan casilla a casilla. Contrasta tu caso con un profesional antes de presentar (o dejar de presentar) nada.

Impuesto de patrimonio del no residente: obligación real, no mundial

Al perder la residencia fiscal española no desapareces del radar de la AEAT: pasas de tributar por obligación personal (patrimonio mundial) a hacerlo por obligación real. Según el art. 5.Uno.b de la Ley 19/1991 del Impuesto sobre el Patrimonio (LIP), el no residente tributa por los bienes y derechos que estén situados, puedan ejercitarse o deban cumplirse en territorio español. Ni más, ni menos.

En la práctica, para el español que vive en Chiang Mai o Bangkok:

Cuenta para el impuestoNo cuenta
El piso en EspañaEl condo en Bangkok
Cuentas y depósitos en bancos españolesLa cuenta en Bangkok Bank
Fondos y acciones custodiados en entidades españolasEl broker extranjero (custodia fuera de España)
Acciones de sociedades españolasDepósitos y activos en THB en Tailandia
Préstamos concedidos a residentes en EspañaBienes en cualquier tercer país

Dos matices que conviene conocer:

  • La custodia manda. Conforme al criterio administrativo de la DGT en la imposición patrimonial (consulta V0323-24, dictada en sucesiones pero con el mismo test de “situados o ejercitables en España”), los valores extranjeros depositados en una entidad financiera española se consideran situados en España. Tu cartera de acciones USA en un banco español cuenta; la misma cartera en un broker de fuera, no. Si tienes dudas sobre dónde te conviene tener la cartera, la guía de inversiones y brokers para no residentes desarrolla el tema.
  • La sociedad interpuesta ya no funciona. Desde la Ley 38/2022 (devengos desde el 29-12-2022), se consideran situados en España los valores de entidades —residentes o no— cuyo activo esté compuesto en al menos un 50%, directa o indirectamente, por inmuebles españoles. Tener el piso a través de una sociedad extranjera no lo saca del impuesto.
Edificio residencial clásico de ladrillo con balcones en el barrio de Salamanca de Madrid, zona de alto valor inmobiliarioDavid Adam Kess · CC BY-SA 4.0 / Wikimedia Commons

Qué se valora, cómo y cuánto queda exento

El impuesto se devenga el 31 de diciembre (art. 29 LIP): es una foto fija de tu patrimonio español a esa fecha. Las reglas de valoración están en los arts. 9 a 27 de la LIP:

BienRegla de valoraciónArtículo LIP
InmueblesEl mayor de: valor catastral, valor comprobado por la Administración o precio de adquisiciónart. 10
Cuentas y depósitosEl mayor entre el saldo a 31-12 y el saldo medio del último trimestreart. 12
Valores cotizadosCotización media del cuarto trimestre (lista anual de la AEAT)arts. 13 y 15
No cotizadosValor teórico del último balance auditado (o el mayor de nominal, teórico y capitalización)art. 16

De esa base puedes restar poco, pero importante:

  • Deudas vinculadas a los bienes españoles (art. 9.Cuatro): la hipoteca del piso reduce la base; una deuda tailandesa, no.
  • Planes de pensiones españoles: exentos (art. 4.Cinco LIP). Los derechos consolidados no se suman.
  • La exención de vivienda habitual (300.000 €) no te aplica: viviendo en Tailandia, tu vivienda habitual ya no está en España, así que el piso se computa entero. Es la conclusión lógica de la norma, no una sanción por emigrar.

Y el número clave: el mínimo exento de 700.000 € (≈ 26,7 millones de THB, orientativo) también se aplica en obligación real — el art. 28.Tres LIP lo dice expresamente. Además, el art. 37 LIP solo obliga a declarar si la cuota sale a ingresar o si el valor de bienes y derechos supera los 2.000.000 € (≈ 76 M THB). Con un piso de 350.000 € y 100.000 € en cuentas: ni cuota, ni modelo 714.

Cuánto se paga: la escala estatal, con ejemplos

Si no marcas la opción autonómica (más abajo), se aplica la escala estatal del art. 30 LIP:

Base liquidable hasta (€)Cuota (€)Resto hasta (€)Tipo
00167.129,450,2%
167.129,45334,26167.123,430,3%
334.252,88835,63334.246,870,5%
668.499,752.506,86668.499,760,9%
1.336.999,518.523,361.336.999,501,3%
2.673.999,0125.904,352.673.999,021,7%
5.347.998,0371.362,335.347.998,032,1%
10.695.996,06183.670,29en adelante3,5%

Tres casos reales (cifras orientativas; para pasar a THB usa el conversor de divisas):

  • Jubilado en Chiang Mai con piso en Valencia de 400.000 €, 150.000 € en cuentas y 300.000 € en fondos de un banco español: patrimonio español de 850.000 €, base liquidable de 150.000 € tras el mínimo → cuota de unos 300 €/año (≈ 11.400 THB). Presenta el 714 porque hay cuota, aunque no llegue a 2 M €.
  • Patrimonio español de 2.000.000 € sin deudas: base de 1.300.000 € → cuota de unos 8.190 € (≈ 311.000 THB).
  • Patrimonio español de 4.000.000 €: cuota estatal de IP de unos 36.546 €. Curiosamente, el Impuesto de Solidaridad le sale a cero: su cuota íntegra (5.100 €) es menor que el IP ya pagado, que se deduce. La moraleja está en el siguiente apartado.

💡 El impuesto es individual: en un matrimonio, cada cónyuge declara sus bienes y su mitad de gananciales, con dos mínimos de 700.000 €. Un piso ganancial de 1,2 M € son 600.000 € por cabeza: cuota cero para ambos.

El Impuesto de Solidaridad (ITSGF): el cierre estatal

El Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, creado por el art. 3 de la Ley 38/2022, grava los patrimonios netos superiores a 3.000.000 € (≈ 114 M THB). Para el residente en Tailandia funciona con la misma obligación real: solo el patrimonio español. Claves:

ConceptoITSGF
UmbralPatrimonio neto > 3.000.000 € a 31-12
Mínimo exento700.000 €, también para no residentes (extendido por el RD-ley 8/2023, BOE 28-12-2023)
Tipos1,7% (3–5,35 M €) · 2,1% (5,35–10,7 M €) · 3,5% (> 10,7 M €)
DeducciónLa cuota de IP efectivamente pagada en el ejercicio
Modelo718, solo si sale cuota a ingresar
VigenciaNació “temporal” y el RD-ley 8/2023 lo prorrogó indefinidamente; en 2026 sigue vigente

La deducción de la cuota del IP es la pieza que lo explica todo: pagas el mayor de los dos impuestos, no ambos. Si ya tributas por la escala estatal del IP, el ITSGF rara vez añade nada. Su función real es de cierre: cazar al contribuyente de comunidades con el IP bonificado.

La casilla autonómica que puede dejar tu cuota a cero

Desde la Ley 11/2021 (BOE 10-07-2021), la disposición adicional cuarta de la LIP permite a todos los no residentes —incluidos los de terceros países como Tailandia— optar por la normativa de la comunidad autónoma donde radique el mayor valor de sus bienes. El Manual de Patrimonio 2025 de la AEAT lo confirma, y se ejercita marcando la casilla correspondiente en el modelo 714.

Es una opción, no un automatismo: si no la marcas, te aplican la escala estatal. Panorama orientativo (verifica el ejercicio concreto antes de decidir):

  • Madrid, Andalucía, Cantabria, Extremadura: bonificación del 100% en IP. Con bienes allí y patrimonio español por debajo de 3 M €, la casilla deja tu cuota a cero. Por encima de 3 M €, el ITSGF estatal recupera la jugada: pagarás por una vía o por otra.
  • Baleares: mínimo exento de 3.000.000 € desde 2024.
  • Comunidad Valenciana: mínimo exento general de 1.000.000 €.
  • Cataluña: escala más dura que la estatal y mínimo general de 500.000 €. Aquí la opción autonómica no interesa.

⚠ La opción autonómica solo mueve la cuota del IP. El ITSGF es estatal, sin bonificaciones autonómicas: no hay casilla que lo esquive.

El escudo del 60%: la novedad que abre la puerta a devoluciones

Esta es la parte que aún no ha llegado a los blogs. El art. 31 LIP limita la suma de cuotas de IP + IRPF al 60% de las bases del IRPF (el “escudo fiscal”), pero el texto legal lo reservaba a los residentes. Eso se ha acabado:

  1. El Tribunal Supremo, en las sentencias 1372/2025 (29-10-2025) y 1402/2025 (03-11-2025), declaró que negar el escudo a los no residentes vulnera la libre circulación de capitales del art. 63 TFUE — una libertad que protege también a los residentes en terceros países, como Tailandia.
  2. El TEAC, en resoluciones de 18-12-2025, extendió la doctrina al límite equivalente del ITSGF.
  3. La Orden HAC/652/2026 (BOE 29-06-2026) ya lo ha llevado al modelo 718: suprime la restricción “únicamente para sujetos pasivos por obligación personal” del apartado del límite de la cuota íntegra, aplicable desde el ejercicio 2025 (presentado en julio de 2026).

¿Consecuencia práctica? Doble. Hacia adelante, el no residente con cuotas altas puede invocar el límite. Y hacia atrás: quien pagó IP o ITSGF por obligación real sin aplicar el escudo (o sin el mínimo de 700.000 € en el ITSGF de 2022) puede instar la rectificación de la autoliquidación con devolución de ingresos indebidos dentro del plazo de prescripción de 4 años. A mediados de 2026 siguen vivos, por ejemplo, los ejercicios del ITSGF desde 2022.

⚠ Ni el Supremo ni el TEAC han concretado cómo se calcula el límite cuando el contribuyente no presenta IRPF sino IRNR: el cálculo se ha remitido a la fase de ejecución. Que el escudo te aplica es seguro; cuánto te devuelve exactamente, no. Es terreno de asesor, no de calculadora casera.

Modelos 714 y 718 desde Tailandia: calendario y trámites

Los dos impuestos se devengan el 31 de diciembre y se declaran al año siguiente. Para el ejercicio 2025, la Orden HAC/277/2026 (BOE) fijó la campaña del 714 del 8 de abril al 30 de junio de 2026; el patrón se repite cada año:

TrámiteVentana habitualOjo con
Modelo 714 (IP)Abril – 30 de junioDomiciliación bancaria: cierra unos días antes (25 de junio en 2026)
Modelo 718 (ITSGF)1 – 31 de julioDomiciliación: hasta el 26 de julio
Devengo de ambos31 de diciembreLa foto del patrimonio es a esa fecha

Las fechas exactas se ajustan por Orden anual: revísalas cada primavera en el calendario fiscal del expat. Y la logística desde Tailandia:

  • Comprueba a 31-12 si superas el mínimo (700.000 €) o el umbral de declarar (2 M €).
  • Consigue o renueva tu certificado digital o Cl@ve: la presentación es exclusivamente electrónica, no existe el papel.
  • Mantén una cuenta española o SEPA para domiciliar: una cuenta tailandesa no sirve.
  • Valora la casilla de la opción autonómica antes de presentar (la AEAT no la aplica de oficio).
  • Si no puedes gestionarlo tú, apodera a un gestor. Nombrar representante fiscal solo es obligatorio si la Administración te lo requiere; incumplir ese requerimiento acarrea una multa de 1.000 €.

¿Y Tailandia? Aquí no hay impuesto de patrimonio

La otra mitad de la ecuación es sencilla: Tailandia no tiene impuesto sobre el patrimonio neto (así lo recogen los resúmenes fiscales de PwC). Tres consecuencias:

  1. No hay doble imposición que corregir. Lo que pagas a la AEAT no se acredita en ningún sitio, porque no existe impuesto tailandés equivalente. Y el CDI España-Tailandia de 1997 (BOE 09-10-1998) no te ayuda: es un convenio “en materia de impuestos sobre la renta” y no cubre el patrimonio, así que España grava sin restricción de convenio.
  2. Pagar el 714 o el 718 no interactúa con el régimen tailandés de remesas: eso afecta a la renta que traes a Tailandia, no a lo que pagas a Hacienda española.
  3. El patrimonio que construyas en Tailandia queda fuera de todo: el condo y los depósitos en THB ni tributan en España (obligación real) ni tienen impuesto patrimonial tailandés.

💡 No confundir con lo que sí existe en Tailandia: el Inheritance Tax (sucesiones: 10%, o 5% para ascendientes y descendientes, solo sobre lo que exceda de 100 millones de THB ≈ 2,6 M €) y el Land and Building Tax anual sobre inmuebles. Son impuestos sobre bienes o transmisiones concretas, no sobre tu patrimonio neto. El sucesorio tailandés, con sus umbrales y su encaje con el ISD español, lo desmenuzamos en heredar viviendo en Tailandia.

Errores típicos del emigrado

  • Creer que al dejar España “ya no pagas nada”: cambias de obligación personal a real, no a cero.
  • Confundir el 714 con el 720: el modelo 720 de bienes en el extranjero es para residentes en España con bienes fuera; tú, desde Tailandia, haces justo el recorrido inverso — declaras a la AEAT lo que tienes en España.
  • Olvidar el 714 superando 2 M € en bienes, aunque la cuota sea cero (art. 37 LIP obliga igual).
  • No marcar la casilla autonómica cuando conviene: es una opción del contribuyente, no un automatismo.
  • Dar por muerto el ITSGF por ser “temporal”: está prorrogado indefinidamente.
  • No reclamar las devoluciones del escudo del 60% en ejercicios no prescritos.
  • Valorar el piso por el catastral cuando el precio de compra fue mayor: el art. 10 LIP toma el mayor de los tres valores. Y ojo: si ese piso está alquilado, las rentas van por otro carril — el del alquiler como no residente.

En resumen

El impuesto de patrimonio del no residente funciona así desde Tailandia: tributas solo por los bienes situados en España, con mínimo exento de 700.000 € y declaración (modelo 714) únicamente si hay cuota o superas 2 M €; el Impuesto de Solidaridad (modelo 718) solo asoma por encima de 3 M € y se come lo ya pagado de IP. La casilla autonómica puede dejarte a cero, y la doctrina del Supremo con la Orden HAC/652/2026 abre devoluciones de hasta 4 años para quien pagó sin el escudo del 60%.

Tu next step: haz la foto de tu patrimonio español a 31 de diciembre y sitúala frente a los umbrales de esta guía — y si quieres ver cuántos meses de vida en Tailandia supone tu cuota, pásala por la calculadora de coste de vida. Si tu caso se complica (más de 2 M €, opción autonómica dudosa o una devolución que cuantificar), puedes resolverlo en una sesión de consultoría con Esteban: una hora bien usada vale menos que un ejercicio prescrito.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que pagar el Impuesto de Patrimonio en España si vivo en Tailandia?

Solo por los bienes situados en España (obligación real): el piso, las cuentas en bancos españoles, las carteras custodiadas en España. Todo lo que tengas en Tailandia o en terceros países queda fuera. Además se aplica un mínimo exento de 700.000 €, así que la mayoría de emigrados ni paga ni presenta nada.

¿Cuándo tengo que presentar el modelo 714 siendo no residente?

En dos casos: si la cuota sale a ingresar, o si el valor de tus bienes y derechos en España supera los 2.000.000 € aunque la cuota sea cero (art. 37 de la Ley 19/1991). La campaña va de abril a junio del año siguiente al devengo, que es siempre el 31 de diciembre, y la presentación es exclusivamente electrónica.

¿Qué es el Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas y cuándo me afecta?

Es un impuesto estatal (Ley 38/2022) sobre patrimonios netos superiores a 3.000.000 €. Para el residente en Tailandia solo cuenta el patrimonio español, con mínimo exento de 700.000 €. De su cuota se deduce lo pagado por el Impuesto de Patrimonio, así que en la práctica pagas el mayor de los dos, no ambos. Se declara con el modelo 718 en julio, solo si sale cuota.

¿Puedo aplicar la normativa de mi comunidad autónoma viviendo en Tailandia?

Sí. Desde la Ley 11/2021, todos los no residentes —incluidos los de terceros países como Tailandia— pueden optar por la normativa de la comunidad autónoma donde radique el mayor valor de sus bienes. Es una opción que se marca en el modelo 714: si no la marcas, se aplica la normativa estatal. Con bienes en Madrid o Andalucía y menos de 3 M €, la casilla puede dejar tu cuota a cero.

¿Puedo recuperar lo que pagué de más en ejercicios anteriores?

Posiblemente. El Tribunal Supremo (sentencias 1372/2025 y 1402/2025) y el TEAC han extendido a los no residentes el límite conjunto del 60% renta-patrimonio, y la Orden HAC/652/2026 ya lo recoge en el modelo 718 desde el ejercicio 2025. Quien pagó IP o ITSGF sin ese escudo puede instar la rectificación con devolución dentro del plazo de prescripción de 4 años. Cuantifícalo con un asesor.

¿Tailandia tiene impuesto sobre el patrimonio?

No. En Tailandia no existe un impuesto sobre el patrimonio neto, así que no hay doble imposición que corregir: lo que pagues a la AEAT no se acredita en ningún sitio. Existen otros impuestos sobre bienes concretos, como el de sucesiones (solo sobre lo que excede de 100 millones de THB) o el anual sobre inmuebles, pero nada parecido al modelo 714 español.

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